Horario Municipal: 07:00 a 13:00 | Horario Ingresos Públicos: 07:00 a 17:30

La Municipalidad de Colón, celebró convenio con el Instituto Superior del CAE (ISCAE) para impulsar y promover capacitación y formación profesional de guardavidas en la ciudad de Colón.

Los graduados de la Escuela serán poseedores de libreta habilitante para trabajar en ámbito público y/o privado, según los requerido por la Ley provincial 9826

El Convenio, suscripto autoriza a la Municipalidad de Colón, a realizar dicha capacitación con el objetivo de impulsar y promover la formación y capacitación superior profesional de guardavidas, brindando acompañamiento pedagógico, para potenciar el capital humano, ofreciendo así personal capacitado en balnearios de nuestra ciudad, tanto para turistas como residentes.

La formación tiene una duración de diez (10) meses, la Municipalidad de Colón, proveerá las instalaciones y elementos necesarios para el dictado, estableciéndose como cupo máximo de cincuenta (50) personas.

La coordinación de la Escuela es a cargo del Profesor Walter Tohaig junto a un equipo de profesionales docentes para las respectivas materias.

La Escuela Municipal de Guardavidas, dependiente del Instituto Superior del Club Atlético Excursionistas, brindará la carrera de “Formación Profesional Contínua de Nivel Superior de Guardavidas” (Res. 5085/18).

Requisitos de Inscripción

Todos los interesados deberán contar con los siguientes requisitos:

  • Saber nadar.
  • Tener 18 años de edad cumplidos al 30 de junio del año de ingreso.
  • Poseer certificado de aptitud física provisoria al día del examen.

Aprobar el examen de Nivelación:

  • Test de cooper (correr 2400 mts en 12 min).
  • 150 mts nado croll sin tiempo.

Realizar los exámenes médicos previstos y aprobar las normas psicofísico médicas establecidas. Estos exámenes deben ser aprobados de manera previa al egreso de la carrera.

Antes de recibirse el alumno deberá tener cursada y aprobada la escuela Secundaria.

Reglamento Escuela Municipal de Guardavidas de la Ciudad de Colón

Toda afección o estado orgánico o funcional transitorio o definitivo, que constituya riesgo para la vida del aspirante durante la práctica de la actividad física específica, o que disminuya su capacidad para ese fin, constituye causa de inaptitud para el ingreso y realización del curso.

Entre otras causas se consideran las siguientes:

  • Hipertensión Arterial
  • Dislalia, disfonía, disartria.
  • Hipoacúsias.
  • Agudeza visual menor 7/10 en ambos ojos con corrección.
  • Odontológicas: Caries no tratadas, paradentosis, lesiones en la mucosa dental.
  • Malformaciones estructurales.
  • Psicológicas: Personalidad neurótica grave, psicosis, perversiones, adicciones y otras psicosociopatías.
  • La Municipalidad podrá solicitar estudios complementarios o adicionales si así lo creyera necesario para determinar el Apto Médico.
  • La detección durante el examen de nivelación o en el cursado de la carrera de alteraciones en la conducta, que puedan presuponer enfermedad psíquica, física o funcional, habilita a la Institución a pedir un nuevo Apto Médico.
  • Para resguardar la salud de las aspirantes o alumnas que se encuentren en estado de embarazo y para evitar problemas que afecten el normal proceso de gestación se determina:
    1. Es obligación de las aspirantes manifestar por escrito al momento del ingreso que no se encuentran en estado de gravidez.
    2. Las alumnas deben hacer saber a la Municipalidad por escrito su estado de embarazo en cuanto este sea de su conocimiento.
    3. Las aspirantes y/o alumnas embarazadas no podrán realizar actividad física, como tampoco iniciar o continuar cursando las materias prácticas.
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